Esperanza para el turismo de la patagonia
“Tenemos un recurso natural invaluable”: la decisión judicial sobre un predio que esperanza al turismo en la Patagonia
Tras un litigio de más de 20 años el Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego ordenó que las tierras vuelvan a la municipio de Tolhuin, en Tierra del Fuego
Para LA NACIONSol Agusti
USHUAIA.- En una decisión unánime el Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego resolvió el 16 de octubre pasado a favor de la demanda que presentó el intendente de la ciudad fueguina de Tolhuin, Daniel Harrington (PJ), para desalojar la empresa Roanmat SRL de un predio de 400 hectáreas donde hay aguas termales únicas en la Patagonia.
El Superior Tribunal de Justicia había asumido competencia originaria en esta demanda, luego de que el gobierno provincial decidiera rescindir el contrato con la empresa concesionaria en 2001. “El acuerdo en el fallo fue total”, definió el vicepresidente del órgano, Ernesto Adrián Löffler.
En declaraciones a LA NACIÓN, Harrington señaló: “La decisión de pelear por la devolución de las termas la tomamos el primer día de gestión porque tenemos ese recurso natural invaluable que está concesionado a una empresa que nunca invirtió lo necesario ni dio la garantía para que se pueda desarrollar turísticamente”.
Acerca de los pasos a seguir tras el fallo, Harrington expresó: “El plan primario para hacer un avance correcto para una concesión o para una administración municipal o público-privada es realizar la mensura de las 400 hectáreas que implica la concesión, que todavía no está hecha. Después, escriturarlas a nombre del Municipio de Tolhuin y luego realizar una actualización de estudios que tienen que ver con la cuestión geológica, el impacto ambiental, una investigación de patrimonio arqueológico y estudios para elaborar un plan de manejo integral del recurso, consultando a instituciones especializadas”.
La apertura al público va a estar determinada en función de la celeridad de esos estudios. “En caso de que se defina que la infraestructura que hay hoy está en condiciones de ser utilizada con un manejo correcto, iremos interactuando con colonias de vacaciones locales, centros de jubilados y grupos reducidos para una etapa inicial. Una vez realizada la etapa de estudios podremos avanzar en generar una figura de concesión o administración público-privada, que es lo que buscamos”.
El fallo
Según el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Tierra del Fuego, “la acción interpuesta por la Municipalidad de Tolhuin tiene por objeto el lanzamiento de Transportes Roanmat SRL y cualquier otro ocupante del inmueble de cuatrocientas hectáreas situado en las proximidades del río Valdez en el que se encuentran emplazadas las aguas termales del mismo nombre”.
El predio fue entregado a la demandada en 1985 por el entonces Territorio Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur en virtud de un contrato de concesión y posterior comodato. Actualmente, esas tierras fiscales integran el ejido urbano de la Municipalidad de Tolhuin.
“Las partes involucradas celebraron un acuerdo transaccional en 2006, donde tuvo la empresa una nueva oportunidad de cumplir con las condiciones para la explotación del inmueble; y a pesar de ello, no lo hizo”.
Löffler definió: “En la presentación que hace el intendente Harrington se da cuenta de los sucesivos incumplimientos en los que ha incurrido la empresa. El cumplimiento en el caso de los requisitos están establecidos en el artículo primero de la ley 17.091, que es una ley especial que llega a ser una ley obligatoria en el ordenamiento jurídico de Tierra del Fuego, no solo por estar en el convenio original con la empresa, sino por lo dispuesto por el artículo 14 de la ley 23.775 por el cual la nueva provincia hereda del territorio nacional todo el derecho vigente hasta ese momento que va a regir ‘cristalizado’ o sea que si es reformado a nivel nacional esas reformas no rigen en Tierra del Fuego”.
“La ley 17.091 se hizo para que el Estado nacional recuperara rápidamente predios fiscales ante incumplimientos de convenio o cuando una persona físico-jurídica se hubiera apoderado de un predio fiscal. En nuestro caso verificamos que se cumplían los requisitos, entonces el lanzamiento se inaudita aparte –en términos jurídicos significa “no oída la otra parte”–. La Corte salvó la posible alegación o transgresión al derecho de defensa porque la empresa tiene la posibilidad a un juicio por daños y perjuicios, tiene derecho a hacerlo”, detalla el miembro del Superior Tribunal de Justicia fueguino.
El abogado Miguel Febré, representante de la empresa Roanmat SRL, expresó tras el fallo que “la medida fue apelada y fue presentado un recurso en la Corte Suprema en caso de que no se haga lugar a las excepciones”. Y agregó: “En lo que respecta a por qué no se explotaron las termas, se hizo la infraestructura porque allí no había absolutamente nada cuando se hizo el convenio. Cuando se debía comenzar la explotación del lugar la empresa necesitaba servicios, como gas, para lo que era necesaria la aprobación del plano de mensura, cosa que nunca se aprobó”.
Desafío
Tolhuin es una ciudad fueguina que se encuentra a 100 km tanto de Ushuaia como de Río Grande. Por tierra, se accede por la ruta nacional 3.
Es una ciudad emergente de 10.000 habitantes con lagos, lagunas, espejos de agua, y el bosque andino patagónico. También la rodean tres reservas naturales en las que pueden hacer actividades de turismo aventura.
Desde el Municipio afirmaron: “Tolhuin recibe mucho turismo interno y están en ascenso las visitas de turismo nacional e internacional. Antes era solo un lugar de paso y ahora la estadía se va alargando a un día”.
“Las termas vendrían a sumar esta posibilidad para que los turistas se queden un día más. La idea es sumar un complejo que tenga diferentes opciones para que los prestadores turísticos puedan ampliar la estadía y tener más visitantes”.
Por Sol Agusti
Fuente: La Nación